Publicado: 29 de Febrero de 2024

A tener muy en cuenta... en el momento de hacer la declaración de impuestos, son los plazos de presentación de los modelos, para empezar a hablar de la campaña de la Renta de 2023 a presentar en el 2024, estas son las fechas imprescindibles.


El próximo 3 de abril comienza la campaña de la Renta 2023, para su presentación en Internet.


Son diferentes los plazos, según la forma de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así, desde el primer día se podrá realizar online desde la web de la Agencia Tributaria, en cuanto a la asistencia proporcionada por la Agencia Tributaria, se establecen fechas clave:



Del 3 de abril al 1 de julio de 2024: Presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023.


Del 3 de junio al 1 de julio de 2024: Atención presencial en las oficinas, con citas disponibles desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio.


En nuestra asesoria les prestamos el servicio personalizado de confecccion de declaración con asesoramiento profesional, a partir del 25-04-2024


En cuanto a la terminación del plazo para presentarla será el día 01 de Julio ,este inclusive como último día para hacerlo, excepto para los contribuyentes con resultados a ingresar y que deseen domiciliar le pago, que en ese caso tendrán hasta el 27 de junio.



Entre las novedades más destacadas, se incluye la obligación para todos los autónomos de presentar la Declaración de la Renta 2024, independientemente de su nivel de ingresos. Además, el Gobierno ha establecido la obligatoriedad de presentar la declaración del IRPF a través de medios electrónicos,

Lo que más inquietud genera a los contribuyentes es si hay novedades en esta campaña de la renta 2023, y tenemos que destacar algunas , que sí las hay y es importante conocerlas, asi:


En el ámbito de la vivienda, se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2024 las medidas de deducción fiscal para reformas que promuevan un consumo energético más sostenible. Estas medidas permiten deducciones de hasta un 20%, 40% o 60% en el IRPF para aquellos que realicen mejoras energéticas en sus propiedades


Adicionalmente, se introduce una nueva deducción del 90% en el IRPF para propietarios que reduzcan el precio del alquiler en nuevos contratos en zonas tensionadas a partir de 2024, incentivando así la oferta de viviendas a precios más asequibles en áreas con alta demanda.


Cabe siempre recordar:

1. Salarios

De las principales novedades del IRPF de 2021 afecta a las rentas más altas, ya que para el ejercicio de 2021 se aplica un aumento de dos puntos del tipo estatal para las rentas del trabajo de más de 300.000 euros, hasta el 47%, y de tres puntos para las rentas de capital de más de 200.000 euros, hasta el 26%, lo que afectará a un número reducido de 36.194 contribuyentes (0,17%), con un impacto de 491,4 millones de euros (144 millones en 2021 y 346 millones en 2022), de acuerdo con las estimaciones del Ministerio de Hacienda.


2. Planes de pensiones

Los PGE para 2022 contemplan una reducción de 500 euros en la aportación individual máxima a los planes de pensiones privados con derecho a deducción en el IRPF, que pasó de 2.000 euros a 1.500 anuales a partir del 1 de enero.


En cuanto a las aportaciones máximas a los planes de empresa con derecho a deducción se eleva a 500 euros, es decir desde los 8.000 a los 8.500 euros para esta campaña de 2021. Entre ambas, la aportación total con beneficios fiscales se mantiene en 10.000 euros anuales.


3. Patrimonio

En cuanto al Impuesto sobre el Patrimonio, el pasado año los Presupuestos introdujeron un alza del 1% para patrimonios de más de 10 millones de euros, hasta un tipo del 3,5%, este cambio se reflejará en las declaraciónes de la Renta a aprtir de 2021.


A tener en cuenta que el Impuesto sobre el Patrimonio está cedido a las Comunidades Autónomas, por lo que la reforma no afectará a todas, ya que cada una fija sus propia tarifa.


4. Recuerde las Criptomonedas


El 10 de julio de 2021 se publicó la conocida como Ley Antifraude, la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.


Desde entonces, los contribuyentes deben declarar las criptomonedas e informar sobre los saldos y titulares de las cuentas tanto en territorio nacional como en el exterior, también sobre las adquisiciones, transmisiones, permutas, los cobros y los pagos que se realicen mediante criptomonedas.


Si lo que se realiza es una compraventa de criptomonedas, en el caso de que no se realizada en el ámbito de una actividad económica, generará una ganancia o pérdida patrimonial, si lo que realizamos es un intercambio de criptomonedas, en este caso también tendrá que tributar por la ganancia o pérdida que genere dicha operación.


En P y D Asesoria, estaremos encantados de poder ayudarte en la preparación y confección de tu declaración, por lo tanto podras dirigirte a nosotros para coger cita, a partir del día 26 de abril de 2024, vamos a estar ya preparados para ayudarte si quieres anticiparte en NO dudes en contactarnos¡ en nuestra asesoría os esperamos ya partir de esa fecha, para atenderos presencialmente ,podréis coger cita con nosotros a través del Whatsapp: 633109671 o bien por teléfono.